La baja de la jubilación de privilegio de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, como así también de la pensión correspondiente a su fallecido esposo, el expresidente Néstor Kirchner, fueron oficializadas este viernes a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 1092/2024. Ayer lo había anunciado el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien dijo que la decisión había sido tomada por Javier Milei. De hecho, el mandatario y la exvicepresidenta tuvieron un áspero intercambio en redes, donde él habló de que “el que las hace las paga” y ella lo llamó “dictadorzuelo”.
En el artículo 1 de la resolución se definió “la baja de los Beneficios Nros. 47-0-0000282-0 y 47-6-8085213-0 del Registro Unico de Beneficiarios (RUB) de esta Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), cuya titularidad detenta la Sra. Cristina Elisabet Fernández”.
Al justificar la decisión, el Gobierno recordó que la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a la exvicepresidenta por seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos “por considerarla autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.
Entonces, “de acuerdo con la regla legal determinada por el artículo 29 de la Ley Nro. 24.018, la finalidad de las asignaciones oportunamente otorgadas a favor de la titular, ya sean directas o derivadas, devienen jurídicamente incompatibles para quien haya cometido un delito en ejercicio de la misma función pública por la cual ha accedido a dicha asignación de privilegio y en perjuicio del Estado Nacional”.
Porque además “la circunstancia que otorga legitimidad de percepción a sus beneficiarios (de las jubilaciones y pensiones de privilegio) le viene dada por ciertas conductas que tienen que acreditar en función del ejercicio de altos cargos en la Administración Pública, siendo que esa premisa no solo tiene que acreditarse al cese en el cargo sino también durante la percepción del beneficio”.
Ante dicha situación, se aclaró que una condición fundamental para recibir el beneficio consiste en el “buen desempeño en el cargo prestado en las altas esferas de la Nación”. Por ende, en caso de acreditarse un hecho condenado por la Justicia en perjuicio del erario público, se pierde el goce de la asignación.